ASFOSE colabora en SMURF – Proyect sobre Gestión Sostenible y Cadenas de Valor Forestales para Pequeñas Explotaciones Forestales Europeas.
Proyecto cuyo objetivo principal es desarrollar modelos de negocio y gestión que eviten el abandono de los pequeños bosques, fomentando un aprovechamiento integral del monte.
Promueve una gestión multifuncional que potencia tanto los aprovechamientos maderables como los recursos no maderables, como hongos, resina y caza.
APROVECHAMIENTOS FORESTALES EN CASTILLA Y LEÓN
En la Comunidad de Castilla y León la propiedad particular presenta una baja tasa de aprovechamiento, con la aprobación del decreto que regula los aprovechamientos forestales y la creación de la figura de referentes técnicos selvícolas se persigue movilizar recursos para generar actividad económica y, simultáneamente, reducir el riesgo de incendios. Estos sistemas buscan agilizar los trámites sin renunciar al control ambiental.
El Decreto 5/2025, de 27 de marzo, aprobado por la Junta de Castilla y León, constituye una norma clave para la regulación de los aprovechamientos forestales en montes y otras zonas arboladas que no están gestionados directamente por la Administración autonómica. Entró en vigor el 1 de julio de 2025.
La norma ordena las actividades más comunes dentro de la gestión forestal de titularidad privada tales como la extracción de madera, leña, resina, corcho o piñas. No se incluyen aprovechamientos que ya se rigen por una regulación específica, como los de carácter cinegético o micológico.
En función del tipo de aprovechamiento hay dos instrumentos:
Autorizaciones administrativas cortas de madera en montes sin instrumentos de gestión o proyectos experimentales y de investigación.
Declaración responsable cuando ya existe un plan de ordenación o se siguen sistemas estándar de resinación o pela de corcho. Permite iniciar el aprovechamiento desde el mismo día de su presentación.
Hay también aprovechamientos libres no sujetos a regulación como son la recolección de piña abierta o hasta 5 kg de piña cerrada, recolección de plantas medicinales, aromáticas y frutos silvestres (siempre que no sean especies protegidas), recolección de ramas muertas o caídas, pastoreo.

El decreto obliga a las personas jurídicas y a quienes realicen aprovechamientos significativos a relacionarse con la Administración de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta.
La norma regula las condiciones de ejecución de los aprovechamientos, incluyendo aspectos como las épocas hábiles, las técnicas permitidas o las medidas de protección ambiental.

Una vez realizado el aprovechamiento hay una obligación por parte del titular del aprovechamiento en el plazo máximo de un mes desde la finalización del aprovechamiento a realizar una comunicación de la cuantía.
Con ello se pretende garantizar que las actividades forestales se realicen de forma sostenible, evitando daños a los ecosistemas y contribuyendo a la conservación de los montes.
